Vas por la mañana en el coche, tan contento, madrugón mediante a trabajar
para contribuir a sufragar los gastillos de La Casta político-bancaria, y
vuelves a caer. Enciendes la radio. ¡Ah, la radio! Fuente del maná esperpéntico
que todos los días, y fiestas de guardar, viene del cielo. Lo reconozco: hoy ha
sido para bien. Tenía terminado este post,
pero sin que se me ocurriera cómo titularlo. Y un post es como un aristócrata pobre: sin título no es nadie. De
pronto, esta mañana, ya digo, hete aquí que se nos aparece por las ondas García
Margallo, uno de los ya escasos ministros del Gobierno de la Marca España al
que le faltaba pronunciar su ración de frase histórica. Para que se la graben
sobre algún monolito o marmolillo: «La Constitución de 1978 son solo dos
artículos, y lo demás es literatura». Gracias,
ministro. Ya sé cómo titular la pieza.
Se ve que la memoria margallina es deudora del «Art
poétique» de Verlaine y su verso final, «Et tout le reste est
littérature». Aunque en el original tiene otro sentido, tal verso resulta pintiparado
para lo que venía diciendo: que la literatura se nutre de ficción instantánea y de ficción progresiva. En este segundo caso, procede el suministro de tout le reste de obras: científicas, jurídicas, filosóficas y de
otros géneros que, circunspecta de suyo, la preceptiva afirma que bien
deslindados quedan, amén de muy separados de lo que est littérature. La típica mirada miope de la academia repetitiva,
tan desligada de la historicidad.
Y sin embargo revela la historicidad cómo, pretendiendo en su origen trazar
los límites estrictos de la realidad y la verdad, los textos de ese segundo
almacén —cuyos autores habrían predicado, despectivos, «Et tout le reste est
littérature»— dan indefectiblemente en literarios: tras haber ido
desposeyéndose, paso a paso y todos ellos, de su operatividad inicial. Si bien
conservan lo único que nunca pierden los textos: su carácter legendario. El ser
legibles. Más allá —mucho más— del momento en que fueron compuestos.
A estas alturas de la película, en efecto, el artículo 13 de la Constitución de 1812, La Pepa
por apodo literario, sigue dejándose leer, pero como artefacto artístico no más:
El objeto
del Gobierno es la felicidad de la Nación, puesto que el fin de toda sociedad
política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen.
Tras secular proceso de ficcionalización progresiva, esas líneas se antojan
hoy un poema en prosa o, al menos, un prodigioso microrrelato. Bien es verdad
que afean su dicción una incómoda correlación (no es otro que), para nuestro gusto algo afectada, y el
inconveniente nexo puesto que, arcaico
en exceso tal vez. Pero el argumento que la pieza traza colma admirablemente, en un buen degustador de literatura, cualquier expectativa de
asombro.
Le sucede algo semejante al artículo 47 de la Constitución de 1978, uno de tantos enunciados de esas Tablas de la Ley que el ministro
Margallo considera literarios:
Todos los
españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los
poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las
normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización
del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La
comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los
entes públicos.
Texto harto desprovisto de intriga, no lo silenciaré. Todo queda en él muy anunciado
y previsto. Sobra además cierto tufillo maniqueo en la presentación del conflicto,
que se entrevé, entre los malos que hozan en la especulación y esa comunidad
benéficamente protegida por los entes
públicos. Elenco de personajes demasiado planos, abstractos o —aún peor—
alegóricos. Improbable por eso que el juicio crítico concluya dictaminando que el
tal relato sea policiaco; a pesar de los esfuerzos que el redactor empeñó en resolver
el delito: un acto este —y he aquí la gran novedad artística del planteamiento—
que se oculta más que la propia identidad del criminal. Con todo, se
encuadraría el artículo 47 en el género de la novela social (esos guiños a la vivienda digna, el suelo y las plusvalías),
aunque habrá lectores avisados que, tras reparar en el estilo del fragmento, caracterizado
por abusar del tiempo verbal futuro, lo entiendan como de ciencia ficción.
En cualquier caso, los textos de los artículos 13 y 47, anteayer jurídicos,
resultan hoy, a pesar de sus taras estilísticas, literarios por asombrosos. Es
que apelan a la ilusión, de la que se vive.
Y que brota siempre del arte instantáneo o, como aquí, sobrevenido.
Profesor, nos ha dejado sin conocer qué dos artículos de nuestra Constitución que, según el atrabiliario ministro del gobierno de la marca España, no tienen sentido literario. Para mí que esos dos desconocidos son elementos protagonistas de la trama galdosiana que vive España.
ResponderEliminarSaludos
Creo recordar, querido amigo, que el que prescribe la indisoluble unidad de la nación, y otro más o menos próximo. Supongo que, al estar situados ambos artículos muy al principio de la Constitución, el ministro atrabiliario no habrá pasado de ahí. Que no está un ministro, con tanto como tiene que gestionar y liderar, para andar perdiendo el tiempo en lecturas.
ResponderEliminarLas personas del mundo del Derecho nos caracterizamos por decir, algo, su contrario, una tercera postura, la opuesta y visión medio-pensionista. Y, por el camino, pasamos la minuta...
ResponderEliminarMuy sugerente texto, amigo Gaspar: te seguiré en este blog tan sugestivo, y que conozco, precisamente, al hilo de un tema jurídico,
un abrazo
Muchas gracias por el comentario, por el aviso (o dictamen) sobre el mundo jurídico y por sumarte a este blog, querido Antonio. Y le echaré un vistazo (literario, claro) al art. 2 CE. Un cordial saludo.
EliminarPor cierto... el artículo 2 CE es un verdadero tratado de Ciencia Política, incluso a ratos creativo (porque eso de utilizar ese vínculo personal con un Estado, como es la nacionalidad, para calificar a una posible Nación, tiene su punto).
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